Osorio y Valdez
La Declaración del Beneficiario Final de los Fondos de Inversión, Fondos Mutuos y Fideicomisos

La Declaración del Beneficiario Final de los Fondos de Inversión, Fondos Mutuos y Fideicomisos

  1. Identificar al BF;
  2. Verificar la información del BF;
  3. Actualizar la información del BF;
  4. Declarar la información del BF a la SUNAT;
  5. Conservar la información del BF; y,
  6. Mantener a disposición de la SUNAT la información sustentadora del BF.
  1. Informar al BF sobre su estatus y proporcionarle un formato para completar sus datos que se firme digitalmente o con firma certificada notarial. Las entidades supervisadas pueden utilizar documentos y firmas electrónicas para este efecto.
  2. Validar los datos del BF en RENIEC, SUNARP, SBS, SUNAT y otras fuentes.
  3. Presentar la información de sus BF a la SUNAT mediante el Formulario Virtual 3800 y actualizarlo ante cambios en los datos de sus BF.
  4. Sin perjuicio de que el BF cumpla con presentar el formato señalado, se está en la obligación de proporcionar la información sobre sus beneficiarios finales a la SUNAT, y en caso que no lo pueda identificar, debe publicar un aviso en su página web o en un diario nacional.
  5. Conservar la información y documentación del BF durante 5 años.