La Superintendencia del Mercado de Valores (SMV) modificó el Reglamento Interno de Inscripción y Exclusión de Valores de la Bolsa de Valores de Lima (BVL)
El 07 de marzo se publicó la Resolución N° 005-2026-SMV, mediante la cual se modifica el Reglamento Interno de Inscripción y Exclusión de Valores en el Registro de Valores de la BVL.
A continuación, detallamos los puntos clave de la norma:
1. Valores emitidos por el Gobierno Central:
Se modifica el plazo que tiene la BVL para comunicar a la SMV la inscripción o exclusión de valores emitidos por el Gobierno Central en el Registro de Valores de la BVL, estableciéndose que dicha comunicación deberá realizarse a más tardar al día siguiente de producida.
2. Inscripción automática de valores:
Se establece la inclusión de la presentación de la escritura pública correspondiente al contrato marco y/o contrato complementario en el caso de la inscripción automática de bonos.
3. Inscripción y Exclusión Junior II:
- Se elimina el requisito de presentar recibo de pago por derecho a trámite ante la SMV en los procedimientos de inscripción y exclusión de las empresas mineras junior II.
- Se permite que la BVL implemente medios virtuales de recepción de documentos en los trámites de inscripción y exclusión de las empresas mineras junior II.
Celebración de contratos:
Se establece el reconocimiento de firma electrónica y/o digital en los contratos que los emisores suscriben con la BVL y CAVALI S.A. I.C.L.V.
Resolución:
Cuadro comparativo:
*****
Esperamos que esta información sea de utilidad para usted. No dude en ponerse en contacto con nosotros si requiere asesoría al respecto: info@estudioosorio.com