La SBS modifica la Norma sobre Personas Expuestas Políticamente
El 22 de enero se publicó la Resolución SBS N° 199-2025, que modifica la Norma sobre funciones y cargos ocupados por Personas Expuestas Políticamente (PEP) en materia de prevención del lavado de activos y del financiamiento del terrorismo.
La finalidad de esta modificación es permitir que los sujetos obligados apliquen una correcta debida diligencia en el conocimiento del cliente y de que se incluyan únicamente como PEP las personas que realmente ocupan cargos y realizan funciones públicas.
Este ajuste se basa en el artículo 40 de la Constitución Política del Perú, que establece que los trabajadores de empresas del Estado o de sociedades de economía mixta no están comprendidos en la función pública, y en el Decreto Supremo N° 157-90-EF, que establece que las cajas municipales de ahorro y crédito tienen personería jurídica de derecho privado.
Detallamos las siguientes disposiciones de la Resolución:
- – Se precisa que las PEP se encuentran sujetas a la aplicación del régimen reforzado de debida diligencia en el conocimiento del cliente.
- – Se precisa que los sujetos obligados, en función a los riesgos de LA/FT, desarrollan e implementan procedimientos para identificar a aquellos clientes que coincidan con la definición de PEP, a quienes deben aplicar el régimen reforzado de debida diligencia en el conocimiento del cliente.
- – Se elimina de la lista de funciones y cargos ocupados por PEP a las siguientes personas:
- Gerente general, gerentes o aquellos gerentes que son directos colaboradores del gerente general en la ejecución de las políticas y decisiones del directorio; y, directores de empresas con participación estatal mayoritaria en el capital social del Banco de la Nación, del Fondo Mivivienda, de la Corporación Financiera de Desarrollo y de las cajas municipales de ahorro y crédito.
Cuadro comparativo con el texto anterior de la norma:
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