Osorio y Valdez
La SMV modifica el Reglamento de Sanciones

La SMV modifica el Reglamento de Sanciones

El 01 de febrero se publicó la Resolución SMV N° 5-2025, que modifica el artículo 18° del Reglamento de Sanciones.

A continuación, detallamos las modificaciones realizadas por la norma:

  1. De interponerse recurso de reconsideración: El Superintendente Adjunto en un plazo no mayor de 45 días resuelve el recurso cuando el procedimiento califique como uno de alta complejidad. En los demás casos, el recurso se resuelve en un plazo no mayor de 15 días.
  2. De interponerse recurso de apelación: El Superintendente del Mercado de Valores, en un plazo no mayor de 90 días resuelve el recurso cuando el procedimiento califique como uno de alta complejidad. En los demás casos el recurso se resuelve en un plazo no mayor de 30 días. La autoridad administrativa encargada de resolver el recurso en primera instancia eleva en un máximo de 1 día y sin mayor trámite el recurso de apelación al Superintendente.

Cuadro comparativo con el texto anterior:

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